¿Cómo es el tema de las sanciones por no implementar las NIIF en las fechas correspondientes? En el momento de colocar la responsabilidad en el Rut, de obligado a llevar Contabilidad, responsabilidad 42, allí pide fecha de empezar a implementarlas. ¿Qué es lo más recomendable si nunca se realizó la etapa de transición a las NIIF – Balance de apertura?

17 de marzo de 2021 Por FABIAN BARON
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Las sanciones por no implementar NIIF en Colombia vienen por dos vías, vía comercial y vía fiscal.

-Vía comercial la Superintendencia de Sociedades puede imponer sanciones de hasta 200 SMLMV (Artículo 86 de la Ley 222 de 1995).

-Vía fiscal la DIAN puede imponer sanciones del 0,5% del mayor valor entre el patrimonio líquido y los ingresos netos del año anterior al de su imposición, sin exceder de 20.000 UVT (Artículo 655 del Estatuto Tributario).

Las sanciones por no implementar NIIF en Colombia deben ser vistas más allá de una amenaza legal, deben ser vistas como la oportunidad que tenemos como Contadores de globalizar nuestro conocimiento gracias a la exigencia en nuestro país.

La implementación es un valor adicional a la asesoría contable, los empresarios no están dispuestos a pagar, ¿entonces qué hacer allí?

NIIF debe ser parte del plan estratégico de toda entidad, eso quiere decir que desde el inicio debe contemplarse su diseño, siendo el primer escalón el manual de políticas contables.

NIIF debemos verlo como una herramienta de edificar nuestra profesión, debemos dejar de vender servicios todo en 1 para vender servicios especializados, en nuestra apreciación si el empresario no está dispuesto a realizar esta inversión entonces solo se le puede vender un servicio de asistencia fiscal sin alcance de funciones estratégicas contables, ¿Cuál es el riesgo de esto para él? que su tasa efectiva de tributación sea altísima por no tener planeación tributaria basada en NIIF… ¿nuestro riesgo como Contadores? ninguno, solo estamos asistiendo la parte fiscal sin exponer nuestra fe pública por irregularidades debido a limites en honorario.

Por supuesto que esto no implica desconocer la realidad del empresario para encontrar el mejor honorario que logre una sinergia entre tamaño / capacidad.

La invitación es entonces a que empecemos a edificar nuestra profesión diciéndole NO a los clientes que nos requieren desempeñar parcialmente nuestras funciones por limitación en el honorario, a que salgamos del circulo vicioso de optar por hacerlo porque notamos que el colega de al lado lo hace igual, recordemos: que todo el mundo lo haga igual no quiere decir que este bien.

 

Pregunta formulada por uno de nuestros estudiantes con acceso a nuestra Mentoría Vitalicia en NIIF. ¿Quisieras contar con un Mentor de por VIDA para formularle preguntas como estas? Click aquí.

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