Incentivo por cumplimiento de metas: Reconocimiento bajo NIIF

19 de marzo de 2021 Por FABIAN BARON
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Se expone enseguida una consulta de uno de nuestros estudiantes sobre el reconocimiento de incentivos por metas bajo NIIF:

  • Un proveedor le concede descuento del 10% al cliente por cumplimiento de metas, pero el cliente no tiene certeza de cumplirla, a) ¿debe el cliente reconocer el descuento en una cuenta de otros ingresos cuándo hace efectivo el descuento?  b) ¿Cuál sería la cuenta contable más adecuada para reconocer dicho ingreso? c) ¿se puede afectar el costo de ventas de las unidades vendidas en el año?

El párrafo 13.6 de NIIF para PYMES establece: “(…)Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán para determinar el costo de adquisición.

De acuerdo con lo anterior este incentivo la entidad debería deducirlo del valor de su inventario, sin embargo por criterio de prudencia recomendamos que si no se tiene certeza de ganarse el descuento debe entonces esperar a la fecha en que devengaría dicho beneficio para reconocerlo como menor valor del inventario si no se ha vendido, o descontarlo del costo de ventas si ya se ha vendido (que probablemente será este el escenario porque el descuento se lo gana por la meta de ventas que ha cumplido), de forma que la cuenta que recomendamos utilizar es el costo de ventas.

Sugerimos el anterior tratamiento para el reconocimiento de incentivos por metas bajo NIIF conforme a lo establecido por el párrafo 13.6 de NIIF para PYMES. Podría interesarle revisar nuestro concepto sobre Incentivos por ventas dando click aquí.

 

Pregunta formulada por uno de nuestros estudiantes con acceso a nuestra Mentoría Vitalicia en NIIF. ¿Quisieras contar con un Mentor de por VIDA para formularle preguntas como estas? Click aquí.

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